Ordenan suspender apertura de juicio contra 'El Lastra', vinculado al Rancho Izaguirre

Un juez federal frenó el inicio del juicio contra “El Lastra”, presunto reclutador del CJNG, mientras se resuelve un amparo por su vinculación a proceso.
Un juez federal ordenó suspender la apertura del juicio oral contra José Gregorio Lastra Hermida, alias “El Lastra”, presunto reclutador de sicarios del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), hasta que se resuelva el amparo que promovió contra su vinculación a proceso por delitos federales.
Suspensión del juicio por amparo en trámite
La determinación fue emitida por Alejandro Latorre Lozano, juez Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, con residencia en Toluca, quien admitió a trámite la demanda de garantías promovida por la defensa del imputado. El juzgador ordenó que, una vez concluida la etapa intermedia, el procedimiento penal quede suspendido hasta que se emita una resolución definitiva sobre el amparo.
De acuerdo con la resolución judicial, el proceso correspondiente a la causa penal 182/2025 deberá permanecer congelado, lo que impide el inicio del juicio oral mientras se analiza la legalidad de la vinculación a proceso impuesta previamente.
Delitos imputados y vinculación a proceso
En marzo de este año, José Gregorio Lastra Hermida fue vinculado a proceso por un juez de control del Centro de Justicia Penal Federal, con sede en Almoloya de Juárez, por los delitos de contra la salud y portación de armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas. La vinculación fue dictada tras su detención en la Ciudad de México por elementos de la Fiscalía General de la República (FGR).
Investigación por reclutamiento y adiestramiento del CJNG
Las investigaciones ministeriales señalan que “El Lastra” presuntamente estuvo a cargo de las operaciones de reclutamiento y adiestramiento del CJNG entre mayo de 2024 y marzo de 2025. En ese periodo, habría operado el Rancho Izaguirre, identificado por autoridades federales como un centro utilizado para capacitar a sicarios en manejo de armas, acondicionamiento físico y técnicas de supervivencia.
La suspensión ordenada no implica la cancelación del proceso penal, sino una pausa temporal hasta que se resuelva el amparo interpuesto por la defensa del imputado.
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